
¿Quieres emprender, ofrecer tus servicios profesionales o rentar alguna propiedad? Incluso, ahora que se acerca la declaración anual de impuestos, es importante que conozcas el régimen fiscal bajo el cual vas a tributar o al que perteneces, ya que de esto dependerán tus derechos y obligaciones con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Personas físicas
Régimen Simplificado de Confianza
Clave: 626
- Pueden inscribirse aquellas personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no excedan de la cantidad de $3,500,000.
Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios
Actividades Empresariales y ProfesionalesIncorporación Fiscal
Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
ArrendamientoIngresos por Intereses
Ingresos por Obtención de Premios
Ingresos por DividendosDemás Ingresos



- El SAT refiere que el llenado del cuestionario no implica tu inscripción al RFC, ya que sólo es una herramienta de apoyo y los resultados que se emiten son con carácter informativo.
- Además no requieres contraseña para poder ingresar al aplicativo.
Presenta tu aviso de actualización
¿Cambiaste o aumentaste tu actividad económica? Debes presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones ante el SAT.
Este debe presentarse:
- Dentro del mes siguiente a aquél en que se dé la situación jurídica o de hecho que lo motive.
- En caso de cambios de residencia fiscal, a más tardar dentro de los 15 días inmediatos anteriores a aquél en que suceda el cambio de residencia fiscal o máximo con dos meses de anticipación.
Para tomar en cuenta A partir del 31 de marzo de 2023, será obligatorio incluir en el Comprobante Fiscal Digital por Internet 4.0, también conocido como CFDI 4.0, el régimen fiscal del receptor de la factura. Esto con el objetivo de validar que el gasto facturado sea justificable para su actividad económica.
Fuentes: Gobierno de México,
SAT, Prodecon.
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